Hoja informativa: Los nuevos procesos de permiso de permanencia temporal para la
reunificación familiar ofrecen una vía legal para la unidad familiar
Estados Unidos está facilitando a las personas de El Salvador, Guatemala, Honduras, Colombia,
Cuba y Haití que reúnan los requisitos necesarios la reunificación familiar en Estados Unidos, el
último ejemplo del esfuerzo estadounidense por ampliar las vías legales y ofrecer alternativas a
la migración peligrosa e irregular. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha creado
nuevos procesos de reagrupación familiar con permiso de permanencia temporal (FRP) para El
Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia, y está actualizando los procesos de reagrupación
familiar con permiso de permanencia temporal para Cuba y Haití. Estos procesos permitirán,
caso por caso, el ingreso en Estados Unidos de individuos examinados en régimen de permiso de
permanencia temporal cuando tengan solicitudes familiares aprobadas. Los procesos FRP forman
parte de las medidas globales anunciadas en abril por el DHS y el Departamento de Estado para
gestionar la migración regional de forma segura, ordenada y humana
Fomento de la unidad familia
Los nuevos procesos son para ciertos nacionales de Colombia, El Salvador, Guatemala y
Honduras cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales,
beneficiarios de una solicitud familiar aprobada (formulario I-130) cuyos visados aún no están
disponibles en el Boletín de Visados. Estos nuevos procesos complementan los procesos
existentes para los nacionales cubanos y haitianos que pronto serán actualizados
Ciertos nacionales de estos países que son beneficiarios de un formulario I-130, Petition for
Alien Relative (Petición de Familiar Extranjero) aprobado pueden ser elegibles para ser
considerados para un permiso de permanencia temporal bajo los nuevos procesos. Los
beneficiarios que reúnan los requisitos deben encontrarse fuera de los Estados Unidos, cumplir
todos los requisitos, incluidos los de examen, investigación de antecedentes, médicos, y no haber
recibido ya un visado de inmigrante
Los nacionales de estos países pueden ser considerados para el permiso de permanencia temporal
caso por caso por un período de hasta tres años mientras solicitan convertirse en residentes
permanentes legales de conformidad con su solicitud I-130 aprobada.
El Gobierno de Estados Unidos autorizará de forma oportuna y eficaz el viaje de las personas
aprobadas y examinadas. Las personas que entren en Estados Unidos en régimen de permiso de
permanencia temporal en virtud de estos procesos podrán solicitar autorización de trabajo.
Las personas con peticiones aprobadas del formulario I-130 a menudo tienen que esperar varios
años para que un visado de inmigrante esté disponible. Para apoyar la unidad familiar y
desalentar la migración irregular, el DHS autorizará el permiso de permanencia temporal caso
por caso para reunificar rápidamente a las familias con solicitudes aprobadas.
Facilitar el ingreso ordenado
Los procesos comienzan cuando el Departamento de Estado emite una invitación al familiar
ciudadano estadounidense o residente legal permanente solicitante cuyo formulario I-130
presentado en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño
haya sido aprobado.
Solo un solicitante invitado puede iniciar el proceso presentando una solicitud en nombre del
beneficiario y de los miembros de su familia que reúnan los requisitos para ser considerados para
la autorización anticipada de viaje y el permiso de permanencia temporal.
Cuando un visado de inmigrante esté disponible, el beneficiario podrá solicitar convertirse en
residente permanente legal mediante el ajuste de estatus en Estados Unidos.
Esta es una de las vías legales a las que pueden acceder las familias en lugar de ponerse a merced
de los contrabandistas para realizar el peligroso viaje o esperar muchos años para reunirse con
los familiares que reúnan los requisitos. Los no ciudadanos que no utilicen este proceso u otras
vías legales, seguras y ordenadas e intenten ingresar ilegalmente en Estados Unidos se
enfrentarán a consecuencias más duras, como la expulsión, una prohibición mínima de admisión
de cinco años y un posible procesamiento penal por reingreso ilegal.